
Tras un periodo de adaptación el pasado día 1 de octubre se inició este nuevo modo de facturación, que afecta exclusivamente a los usuarios que se encuentra en la tarifa regulada, menos de 10 kW de potencia contratada, que actualmente se denomina: “Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC). Este nuevo modo de facturación no afecta a los clientes que se encuentran en el mercado libre y tienen un contrato de suministro con una comercializadora. En este caso, la facturación se continuará desarrollando como hasta ahora, de acuerdo con los precios establecidos en el contrato. Recordemos que el precio de la luz tiene una parte fija, potencia kW y otra variable, consumo kWh. El nuevo modo de facturación afecta exclusivamente a la parte variable, al consumo. A partir del 1 de octubre la energía consumida se facturará al precio en que se encuentre en el mercado mayorista en el momento del consumo. En este mercado el precio del kWh de energía se fija el día anterior y lo hace hora a hora, en función de las fuentes de energía que son precisas para producirla. Las compañías comercializadoras facturarán los consumos en función del precio y del momento en que se consuma la energía junto al resto de complementos e impuestos que afectan a la energía. En la página web: http://www. esios.ree.es/web-publica/pvpc/ se puede conocer el precio al que se facturará la energía al día siguiente, con el desglose de los elementos que intervienen en el precio. A modo de ejemplo pueden ver esta gráfica. Para que esta facturación sea posible, el usuario debe tener instalado un contador de telegestión y este debe encontrase efectivamente integrado en el sistema de telegestión. En caso de que no se disponga o no se encuentre integrado, la energía se facturará de acuerdo con un tipo de perfil de consumo que está determinado en la legislación. En la factura de los suministros acogidos a la tarifa PVPC, se puede ver en la parte inferior de la primera página, un apartado que indica “Datos del Contrato”, en el que aparece un resumen con las principales características del contrato de suministro eléctrico. Destacamos un par de campos para poder conocer que tipo de contador se dispone y la facturación correspondiente al suministro. • En TIPO DE CONTRATO, se indica si el suministro está en: PVPC con o sin discriminación horaria, o si dispone del “Bono Social”. • En TIPO DE CONTADOR, se indica si se trata de contador inteligente efectivamente integrado en el sistema de telegestión o bien se trata de una facturación con un perfil promedio del periodo de facturación. El bono social, se mantiene con el nuevo modo de facturación y supone un descuento fijo del 25% sobre los precios reales de la energía. El nuevo sistema de facturación horaria, «permitirá al consumidor eléctrico aprovechar las horas con precios más bajos para abaratar su factura». Sin embargo, hay quienes discrepan de la medida, como las asociaciones de consumidores, ya que consideran que provocará más subidas al pagar más cara la electricidad en los horarios con mayores niveles de consumo.
https://fiecov.com/apeme/noticia/1707/nuevo-modo-de-facturacion-horaria-de-la-energia-electrica/